La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es constitucional la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para bloquear cuentas bancarias sin necesidad de una orden judicial.
Durante la sesión de este lunes, el pleno aprobó por mayoría el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz, el cual respalda la reforma de 2022 que permite a la UIF aplicar estas medidas como acciones cautelares de carácter administrativo.
El fallo establece que dichos bloqueos no constituyen sanciones penales, sino mecanismos preventivos para combatir delitos como el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
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Sin embargo, la resolución no fue unánime. Los ministros Yasmín Esquivel, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero votaron en contra al considerar que la norma presenta deficiencias que podrían afectar la seguridad jurídica.
En particular, Esquivel advirtió que, aunque la medida puede ser útil en el combate a delitos financieros, no debe aplicarse a partir de disposiciones legales ambiguas, ya que ello podría vulnerar principios fundamentales del Estado de derecho.
Con esta decisión, la Corte establece un precedente sobre el alcance de las facultades administrativas de la UIF en la supervisión del sistema financiero.
(WCLS)
