La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cobre otros 67 millones de pesos en impuestos a Nueva Elektra del Milenio, de Grupo Salinas, monto que se suma a los más de 51 mil millones de pesos que el conglomerado mantiene pendientes de pago.
El pasado 22 de enero, el máximo tribunal publicó la sentencia final de otro de los litigios fiscales del grupo empresarial de Ricardo Salinas Pliego. Con este fallo, la Corte devolvió el caso a un tribunal colegiado para que emita una nueva resolución que, en los hechos, permitiría al SAT exigir el pago del crédito fiscal.
El caso corresponde al amparo directo en revisión 3842/2024, en el que la SCJN confirmó que la autoridad fiscal sí tiene facultades para auditar de manera directa a empresas que operan bajo el régimen de consolidación fiscal. Con ello, avaló la multa impuesta a Nueva Elektra del Milenio, señalada por declarar en 2012 pérdidas mayores a las reales, lo que derivó en un adeudo de 67 millones de pesos.
La resolución revocó el amparo que previamente había sido concedido a la empresa por el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, y ordenó que el expediente regrese a ese órgano para que dicte una nueva sentencia conforme a los criterios fijados por la Corte.
Este fallo se suma a los siete litigios fiscales que la SCJN resolvió el 13 de noviembre, los cuales obligan a distintas empresas de Grupo Salinas a pagar más de 48 mil millones de pesos. Posteriormente, el gobierno federal precisó que el adeudo total del conglomerado asciende a más de 51 mil millones de pesos, cifra que hasta ahora sigue sin liquidarse.
Además, en la Suprema Corte permanece pendiente un noveno litigio, relacionado con un crédito fiscal por 621.9 millones de pesos, el cual deberá resolverse a más tardar en febrero. El proyecto está a cargo de las ministras Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa, luego de que una propuesta previa fuera retirada de la lista por contener criterios contradictorios.

