La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el acuerdo mediante el cual el INE determinó no abrir un procedimiento contra Morena por presuntos actos anticipados de campaña, relacionados con recorridos y actividades difundidas en redes sociales fuera de los plazos electorales.
La denuncia fue presentada por Movimiento Ciudadano, que señaló a diversos militantes de Morena por realizar eventos y recorridos con los que presuntamente buscaban posicionarse ante el electorado. El INE consideró que las pruebas correspondían a actividades individuales de alcance local o distrital y que no existían indicios suficientes de una estrategia ilícita de carácter nacional.
Como parte de su determinación, el Instituto separó los hechos vinculados con una supuesta aspiración a una diputación federal y los remitió a la 06 Junta Distrital Ejecutiva del INE en Tabasco, mientras que las conductas relacionadas con el proceso electoral local 2026-2027 fueron enviadas al organismo electoral de Chihuahua.
Movimiento Ciudadano impugnó la decisión; sin embargo, a propuesta del magistrado Felipe Fuentes Barrera, la Sala Superior determinó que sus argumentos eran infundados e inoperantes. El Tribunal consideró correcta la actuación del INE y precisó que la sentencia no determina si existieron o no infracciones, pues corresponderá a las autoridades competentes analizar los hechos remitidos. Por ello, confirmó el acuerdo controvertido en el expediente SUP-REP-52/2026.
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